Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 1 de Marzo de 2006 (Tesis num. XVI.2o.C.19 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 01-03-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.2o.C.19 C
Fecha de publicación01 Marzo 2006
Fecha01 Marzo 2006
Número de registro175556
MateriaDerecho Civil,Civil

El precepto legal en cita prevé que en un contrato conmutativo existe lesión cuando alguna de las partes da dos tantos más de lo que recibe, figura a la que en la doctrina se denomina lesión objetiva, asimismo establece la posibilidad de que la acción de nulidad que nace de una lesión de tal naturaleza sea renunciable; empero, para que ello opere, es indispensable que el sujeto quien la resiente tenga cabal conocimiento de la existencia de la lesión y del derecho que le confiere la ley para reclamar la nulidad del acto jurídico. De tal suerte que la cláusula inserta en un contrato conmutativo donde se consigna que las partes declaran que no existe lesión, implica que...

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