Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Octubre de 1999 (Tesis num. XIX.1o.32 L de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-10-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.1o.32 L
Fecha de publicación01 Octubre 1999
Fecha01 Octubre 1999
Número de registro193239
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Una recta interpretación de los principios que informan la Ley Federal del Trabajo y de las finalidades que persigue el Constituyente original en el artículo 123 de la Ley Suprema, permite establecer que en los casos donde el trabajador sólo pide la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje para que se obligue al patrón a cumplir con sus obligaciones de enterar las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como las del Sistema de Ahorro para el Retiro, no es lógico ni jurídico aceptar que la parte fuerte de la relación laboral se excepcione desde el inicio del juicio, manifestando su negativa a someterse al arbitraje, pues ello implicaría no sólo la ruptura de la relación laboral sin existir causa legítima para ello sino también que la justicia laboral y la federal, sancionaran como causa legítima para dar por terminado el vínculo laboral la pretensión de los obreros para que se obligue a los patrones a que cumplan con las obligaciones ya citadas; lo que en términos llanos, equivaldría a legalizar la venganza, lo que no quiere la Constitución Federal, ni mucho menos la Ley Federal del Trabajo, ordenamientos que si bien permiten a los patrones que en determinados casos como la reinstalación o la indemnización por despido injustificado, se nieguen a someter sus diferencias al arbitraje y a pagar las prestaciones que marca la ley porque ya no desean continuar con la relación laboral, ello no puede ni debe hacerse extensivo a casos como el de la especie, pues el mandato constitucional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR