Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Agosto de 2001 (Tesis num. XIX.4o.3 P de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-08-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.4o.3 P
Fecha de publicación01 Agosto 2001
Fecha01 Agosto 2001
Número de registro189028
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Resulta ilegal la determinación consistente en que la orden de reaprehensión reclamada fue correctamente obsequiada, al tomarse en consideración lo siguiente: a) Que se había dictado en contra del quejoso auto de formal prisión por un delito sancionado con pena privativa de libertad; b) Que el diverso juicio de garantías promovido contra la orden de aprehensión librada en la causa natural, había sido sobreseído, causando la correspondiente ejecutoria y dejando sin efectos la suspensión del acto reclamado; y c) Que al no existir evidencia de que el quejoso se hubiera sometido de manera voluntaria ante su Juez, ello trajo como consecuencia el libramiento del mandamiento de recaptura en su contra. Es así, porque antes de girar la orden de reaprehensión, el Juez natural, a fin de no violar las garantías de previa audiencia y legalidad que rigen el proceso penal, debió hacer saber en forma personal al inculpado, hoy recurrente, que debería manifestar en el término que estimara prudente, si era su deseo recluirse voluntariamente en el centro de readaptación social o, en su defecto, solicitar el beneficio de la libertad provisional...

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