Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Octubre de 2002 (Tesis num. XIX.5o.2 A de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-10-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.5o.2 A
Fecha de publicación01 Octubre 2002
Fecha01 Octubre 2002
Número de registro185843
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

Los referidos artículos otorgan facultades a los organismos operadores para establecer las tarifas correspondientes a los servicios públicos administrativos a su cargo, con base en los estudios socioeconómicos que realicen y con apoyo, además, en un estudio tarifario, para el cual deben ponderar los siguientes aspectos: a) los costos de operación, administración y conservación, b) el pago de pasivos, c) la constitución de un fondo de reserva para ampliaciones y mejoramiento de los sistemas, d) los demás gastos inherentes a la prestación de los servicios, y e) todo ello, en función del desarrollo urbano, turístico o industrial de los centros de población; sin embargo, la mencionada ley no precisa la naturaleza y límites de los conceptos que deben tomarse en consideración para fijar las tarifas, ni los lineamientos para la elaboración del estudio socioeconómico o la influencia que éste puede ejercer en la determinación de las cargas fiscales y, por tanto, infringen la garantía de legalidad tributaria prevista en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, puesto que dejan al arbitrio de la autoridad administrativa la determinación de uno de...

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