Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Octubre de 2003 (Tesis num. XIX.5o.8 A de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-10-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.5o.8 A
Fecha de publicación01 Octubre 2003
Fecha01 Octubre 2003
Número de registro183034
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

Mediante las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días cinco de enero de mil novecientos ochenta y ocho y quince de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, se dotó al hoy Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de la facultad de procurar la correcta ejecución de sus fallos (cualidad de los tribunales subjetivos o de plena jurisdicción), a través de la queja prevista en el artículo 239-B -originalmente 239 ter- del Código Fiscal de la Federación. Ahora bien, entre las notas distintivas del acto de autoridad se encuentran las siguientes: 1) la existencia de un ente de hecho o de derecho que establece una relación de supra a subordinación con un gobernado, y 2) que con motivo de esa relación emita actos unilaterales a través de los cuales cree, modifique o extinga por sí o ante sí, situaciones jurídicas que afecten la esfera legal del particular. En ese contexto, el acto que emite la autoridad demandada en el juicio contencioso administrativo tendente a dar cumplimiento al fallo definitivo carece de tales notas distintivas, dado que la relación existente entre las partes contendientes en ese proceso se rige por el principio de igualdad, de manera que no existe una relación de supra a subordinación; además, dicho acto no...

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