Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 1 de Enero de 2012 (Tesis num. XIV.C.A.47 C (9a.) de Tribunal Colegiado en Materias Civil Y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 01-01-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIV.C.A.47 C (9a.)
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
Número de registro160467
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5; Pág. 4282
MateriaCivil

El artículo 584 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán prevé que para que proceda el juicio hipotecario para el pago o la prelación de un crédito hipotecario, es necesario que éste conste en documento debidamente registrado, sin obligar a que sea escritura pública. Por otra parte, el artículo 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que los contratos y las operaciones relacionados con los inmuebles destinados a ser adquiridos por los trabajadores podrán hacerse constar en documentos privados, ante dos testigos e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad que corresponda, con la constancia del registrador sobre la autenticidad de las firmas y de la voluntad de las partes; es decir, del antepenúltimo y penúltimo párrafos del numeral en comento se advierte que en forma general señala a los "contratos y las operaciones relacionadas con los inmuebles", lo que significa que se encuentra incluido el de la...

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