Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 1 de Julio de 2010 (Tesis num. XIV.T.A.88 A de Tribunales Colegiados de Circuito, 01-07-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro164214
Número de resoluciónXIV.T.A.88 A
Fecha de publicación01 Julio 2010
Fecha01 Julio 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Julio de 2010; Pág. 2087
MateriaAdministrativa

Es ilegal el sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo federal con fundamento en los artículos 127 del Código Fiscal de la Federación, 8o., fracción II y 9o., fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por estimarse que el mandamiento de requerimiento de pago de contribuciones forma parte del inicio de un procedimiento de ejecución pero no es una resolución definitiva, si en la demanda no se le atribuye vicio propio alguno y, en cambio, se señala expresamente como acto impugnado el crédito fiscal y se argumenta que éste se ha extinguido por prescripción o por haberse cubierto su monto. La anterior conclusión obedece a que según el artículo 50 de la señalada ley, las sentencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deben resolver sobre la pretensión del actor que se deduzca de su demanda, y en la hipótesis señalada no debe atenderse sólo a la etapa en que se encuentra el crédito fiscal, sino a aquel documento en su integridad. En ese contexto, si el fisco pretende hacer efectiva una resolución liquidatoria...

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