Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 1 de Junio de 2011 (Tesis num. XIII.T.A.8 L de Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo Y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 01-06-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIII.T.A.8 L
Fecha de publicación01 Junio 2011
Fecha01 Junio 2011
Número de registro161730
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Junio de 2011; Pág. 1603
MateriaLaboral

De conformidad con los artículos 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4, 5, 6, 7 y 81 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del H. Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de J., y 44, 45 y 46 del Reglamento Orgánico de la Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de J., el conocimiento de los conflictos individuales de carácter laboral que se susciten entre la dependencia encargada de los cuerpos de seguridad pública de dicho Municipio y aquellos trabajadores que desempeñen funciones de carácter administrativo, corresponde a la Junta de Arbitraje para los empleados al Servicio del H. Ayuntamiento del citado Municipio, en virtud de que esas personas, al no realizar funciones de policía, no forman parte propiamente de los cuerpos de seguridad pública y, por ello, su relación no es de naturaleza administrativa, ni los conflictos relativos son de la competencia de los tribunales administrativos.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS DE TRABAJO Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 531/2010. D.M.M.C.. 9 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: J.V.M.. Secretario: A.J.H.M.R..

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