Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 1 de Agosto de 2007 (Tesis num. XIII.1o.24 A de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 01-08-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIII.1o.24 A
Fecha de publicación01 Agosto 2007
Fecha01 Agosto 2007
Número de registro171823
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

De los artículos 207, párrafo primero, 208, fracción VI y penúltimo párrafo y 209, fracciones III y IV, del Código Fiscal de la Federación, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2005, se advierte que cuando el actor conoce el acto impugnado y su notificación, desde la presentación de la demanda debe hacer valer los conceptos de impugnación contra el acto cuya nulidad pretende sin que pueda ampliar su escrito inicial en términos de los artículos 209 Bis y 210, fracción III, del citado código y vigencia, pues esto último sucede cuando el actor manifiesta desconocer el acto impugnado y su notificación, y es entonces cuando se otorga al demandante un plazo de veinte días para ampliar su demanda, con la posibilidad de expresar argumentos dirigidos a controvertir la legalidad de la notificación del acto impugnado, los cuales deben ser analizados por la Sala Fiscal, por así exigirlo la fracción III del referido artículo 209 Bis, con el propósito no sólo de determinar si la notificación del acto combatido fue ilegal, sino también...

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