Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 1 de Enero de 2006 (Tesis num. XIII.3o.5 A de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 01-01-2006 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XIII.3o.5 A |
Fecha de publicación | 01 Enero 2006 |
Fecha | 01 Enero 2006 |
Número de registro | 176067 |
Materia | Derecho Procesal,Administrativa |
De los artículos 27, fracción XIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 179 de la Ley Agraria, deriva que la asesoría legal adecuada y real es una formalidad del procedimiento agrario que garantiza el derecho de defensa, de modo que en el vigente procedimiento agrario los contendientes, aparte de la defensa material en los casos que proceda la suplencia de la deficiencia en los planteamientos de derecho, deben contar con una defensa adecuada; por tanto, cuando uno de ellos se presenta debidamente asesorado y el otro no, por designar como defensor a un estudiante de la licenciatura en derecho, se afecta el equilibrio e igualdad procesal entre los contendientes, se transgrede la garantía de defensa adecuada y se actualiza con ello una violación a las formalidades del procedimiento que amerita su reposición.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Amparo directo 276/2005. Comisariado de Bienes Comunales de Santa Cruz Tagolaba, Municipio de Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca. 27 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: A.S.G.B.. Secretario: R.J.O.M..
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