Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. XIII.P.A.16 P de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 01-03-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIII.P.A.16 P
Fecha de publicación01 Marzo 2010
Fecha01 Marzo 2010
Número de registro164999
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3007
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal

Si el defensor público especializado en Justicia para A. interpuso en tiempo el recurso de casación contra la sentencia emitida por un Juez de Juicio Oral, pero en su promoción se advierte un error formal saneable, como por ejemplo la cita errónea de la fecha de la resolución, ello obliga al tribunal de alzada, en términos del artículo 78 del Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca, de aplicación supletoria a la Ley de Justicia para A., a comunicarlo al interesado y a otorgarle un plazo no mayor de tres días para corregir el error, con el apercibimiento que, de no hacerlo en ese lapso...

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