Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 1 de Julio de 2000 (Tesis num. XII.5o.1 C de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 01-07-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXII.5o.1 C
Fecha de publicación01 Julio 2000
Fecha01 Julio 2000
Número de registro191612
MateriaDerecho Procesal,Civil

El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa, concede al litigante, que no puede demostrar en el juicio principal el quántum de su reclamación, una prerrogativa que consiste en la sustanciación del incidente de liquidación que prevé el artículo 499 de dicha codificación, y no puede por lo mismo, sostenerse que si en un primer incidente de liquidación no se logra obtener la respectiva liquidación, puedan promoverse indefinidamente otros incidentes, hasta obtenerla, habida cuenta que tal proceder quitaría la firmeza que deben tener las resoluciones judiciales, aun tratándose de aquellas que no son las definitivas o las que deciden el negocio principal, y aunque es cierto que la resolución que recaiga en el incidente, rechazando las bases que para la regulación fijó el actor, hace nugatoria la sentencia de cuya ejecución se trata y que condenó a la parte reo a pagar al enjuiciante los intereses demandados, sin embargo, tal efecto innegable tiene que resentirlo quien, por sus actos u omisiones, dio lugar a que se desaprobaran en el incidente respectivo las bases presentadas por el actor y de las que sólo puede ser responsable éste, como lo hubiera sido también de la prescripción del derecho reconocido por un fallo, por dejar transcurrir el tiempo fijado por la ley, para que el reo quede exonerado del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR