Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 1 de Noviembre de 2002 (Tesis num. XII.5o.1 K de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 01-11-2002 (Tesis Aisladas))

Número de registro185581
Fecha01 Noviembre 2002
Fecha de publicación01 Noviembre 2002
Número de resoluciónXII.5o.1 K
MateriaDerecho Procesal,Común

Si bien es verdad que, por regla general, para que exista un conflicto competencial entre diversos órganos jurisdiccionales, es menester que uno de ellos se niegue a declinar la competencia que por inhibitoria se le promueve, o bien, se niegue a aceptar la que le fue planteada por declinatoria, sin embargo, también debe estimarse que surge conflicto competencial excepcionalmente cuando, por una parte, se presenta la demanda ante un J. y éste se niega a admitirla aduciendo que el competente lo es el del lugar donde residen los demandados y, por otra, el órgano jurisdiccional residente en el domicilio de los reos a su vez se niega a admitir la nueva demanda que ante él se presenta, formulada en términos similares, por considerar que no se surte su competencia en razón de que ésta queda determinada por el lugar donde se celebró el acto jurídico cuya nulidad se demanda, pues pese a que no existe formalmente una controversia entre uno y otro J., ya que ninguno de ellos declinó competencia al otro, ello no impide resolver sobre quién debe conocer de la demanda, si se atiende a que los planteamientos contenidos en las respectivas demandas son esencialmente iguales y los Jueces, al negarse cada uno de ellos a conocer de la respectiva demanda que les fue presentada, adoptaron...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR