Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 1 de Febrero de 2005 (Tesis num. XII.3o.4 K de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 01-02-2005 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XII.3o.4 K |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2005 |
Fecha | 01 Febrero 2005 |
Número de registro | 179324 |
Materia | Común |
La materia de la denuncia de violación a la suspensión provisional o definitiva de los actos reclamados en un juicio de amparo, consiste en determinar si existió o no violación a dicha medida cautelar y de estimar que sí la hubo, el efecto sería obligar a las autoridades responsables a que dejen insubsistente el acto violatorio de la medida cautelar, siempre que la naturaleza del acto lo permita, volviendo las cosas al estado que tenían al otorgarse esa providencia y si de las constancias de autos se desprende que las autoridades responsables, por sí mismas, repararon el agravio en el que habían incurrido, es evidente su interés en respetar la medida suspensional otorgada en el juicio de amparo y, por ende, la denuncia de violación a la suspensión provisional o definitiva de los actos reclamados debe declararse sin materia; sin que haya lugar a dar vista al Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 206 de la...
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