Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Abril de 2009 (Tesis num. VIII.5o.8 L de Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-04-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro167349
Número de resoluciónVIII.5o.8 L
Fecha de publicación01 Abril 2009
Fecha01 Abril 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Abril de 2009; Pág. 1968
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Del artículo 138 de la Ley de Amparo se advierte que en los casos en que la suspensión de los actos reclamados en un juicio de amparo sea procedente, no debe impedirse la continuación de los procedimientos jurisdiccionales hasta que se dicte en ellos resolución firme, y como excepción opera cuando de continuarse el procedimiento puedan quedar irreparablemente consumados los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a la parte quejosa; de manera que si no existen ni siquiera indiciariamente elementos de convicción que justifiquen la hipótesis de excepción, resulta ilegal conceder la suspensión para que quede paralizado el procedimiento laboral...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR