Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Noviembre de 2008 (Tesis num. VIII.5o.5 K de Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-11-2008 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VIII.5o.5 K |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2008 |
Fecha | 01 Noviembre 2008 |
Número de registro | 168483 |
Materia | Derecho Constitucional,Común |
Si para concluir la procedencia del recurso o medio ordinario de defensa mediante el cual pueda modificarse, revocarse o nulificarse el acto reclamado se requiere un amplio estudio jurídico para determinar, por ejemplo, cuál legislación es la aplicable, o qué tipo de resolución es la reclamada, es decir, auto, decreto o sentencia, interlocutoria o definitiva, es innecesario cumplir con el principio de definitividad, previamente a la promoción del juicio de garantías, ya que de exigirlo se correría el riesgo de conducir al quejoso a la indefensión, dados los términos a que está sujeto como al cúmulo de normas que pareciera otorgan una serie de posibilidades derivada de la falta de claridad, que no debe afectar al particular; por lo que, tanto por seguridad jurídica como por justicia, lo conveniente en casos como el de trato es entrar...
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