Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Agosto de 2007 (Tesis num. VIII.5o.3 C de Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-08-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.5o.3 C
Fecha de publicación01 Agosto 2007
Fecha01 Agosto 2007
Número de registro171810
MateriaDerecho Procesal,Civil

Al establecer el artículo 138 del Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila, que será condenada en costas en ambas instancias la parte contra la que hayan recaído dos sentencias adversas, siempre que éstas sean conformes de toda conformidad; debe interpretarse en el sentido de que si en primera instancia se logra una condena parcial y el inconforme apela, en busca de un beneficio mayor y el tribunal de alzada confirma en ese aspecto el fallo de primer grado, es evidente que no procede la condena en costas pues, en tal caso, al haber logrado una condena parcial originalmente, ya confirmada hacia su contraparte, aunque...

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