Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, 1 de Junio de 2011 (Tesis num. VIII.1o.P.A. J/32 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Octavo Circuito, 01-06-2011 (Reiteración))

Número de registro161739
Número de resoluciónVIII.1o.P.A. J/32
Fecha de publicación01 Junio 2011
Fecha01 Junio 2011
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Junio de 2011; Pág. 1071
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

Cuando las facultades de comprobación fueron ejercidas por el director general de fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila, al haber emitido una orden de visita domiciliaria, para considerar debidamente fundada la resolución determinante del crédito fiscal firmada por una autoridad distinta, a saber, un subdirector de fiscalización de dicha dependencia, en cuanto a su competencia, es requisito indispensable no sólo que éste cite el artículo 28, primer párrafo, del reglamento interior de la mencionada secretaría, sino que demuestre que el indicado director general lo autorizó expresamente para ello, pues en el penúltimo párrafo del referido precepto se establece que el director general de fiscalización será auxiliado en el ejercicio de sus funciones, entre otros, por los subdirectores de fiscalización en Saltillo, Monclova y T., quienes estarán facultados para practicar los actos que se les ordenen.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO.

Revisión fiscal 259/2010. Administradora Local Jurídica de T., en suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 12 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: R.G.P., secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 52, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio consejo. Secretario: A.S.P.M..


Revisión fiscal 210/2010. Administrador Central de lo Contencioso de la Administración General Jurídica, en suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y otros. 26 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: R.G.P., secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 52, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio consejo. Secretario: M.R.P.R..


Revisión fiscal 247/2010. Administradora Local Jurídica de T., en suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 23 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: C.G.O.C.. Secretario: M.R.M.R..


Revisión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR