Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Marzo de 2007 (Tesis num. VIII.4o.22 C de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-03-2007 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VIII.4o.22 C |
Fecha de publicación | 01 Marzo 2007 |
Fecha | 01 Marzo 2007 |
Número de registro | 172964 |
Materia | Derecho Civil,Civil |
El patrimonio, en sentido lato, está compuesto de derechos reales y derechos de crédito, es decir, es el conjunto de derechos y obligaciones que forman el caudal económico, constituido por todos los bienes materiales y las obligaciones que se entienden como deudas o créditos; por su parte, la masa del patrimonio se caracteriza por ser cuantificable en dinero, y tiene dos elementos monetarios que son: a) activo, y b) pasivo; por tanto, si bien es cierto que el Código Civil vigente en el Estado de Coahuila, en el título quinto, relativo al Patrimonio de la familia, establece que éste será inalienable e imprescriptible, también lo es que este cuerpo de normas no contraría a la doctrina del patrimonio, porque en su artículo 87 prevé que el deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus activos; aunado a que el numeral 744 del propio código establece que la constitución del patrimonio familiar no puede hacerse en fraude a los derechos de los acreedores. Consecuentemente, es incuestionable...
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