Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito, 1 de Abril de 2010 (Tesis num. VIII.A.C.7 K de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Octavo Circuito, 01-04-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.A.C.7 K
Fecha de publicación01 Abril 2010
Fecha01 Abril 2010
Número de registro164764
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Abril de 2010; Pág. 2742
MateriaComún

De conformidad con los artículos 124 y 131 de la Ley de Amparo, corresponde al quejoso aportar en el incidente de suspensión los medios de prueba que, cuando menos indiciariamente, demuestren su interés suspensional en la medida cautelar, pues esa carga no corresponde a la autoridad responsable, al margen de que ésta hubiere admitido la existencia de los actos reclamados y tenga en su poder las constancias relativas al caso, puesto que de conformidad con el numeral 132 de la referida legislación, la obligación de ésta al rendir el informe previo se circunscribe a expresar si aquéllos son ciertos, aun cuando pueda agregar las razones que estime pertinentes sobre la procedencia o improcedencia de la suspensión, a diferencia de lo que ocurre con el informe justificado donde...

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