Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito, 1 de Febrero de 2010 (Tesis num. VII.3o.P.T.27 K de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y de Trabajo del Séptimo Circuito, 01-02-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.3o.P.T.27 K
Fecha de publicación01 Febrero 2010
Fecha01 Febrero 2010
Número de registro165239
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Febrero de 2010; Pág. 2862
MateriaComún

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sustentó la jurisprudencia P./J. 45/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., mayo de 2009, página 5, de rubro: "INCONFORMIDAD EN AMPARO DIRECTO. PARA RESOLVERLA ES NECESARIO ANALIZAR EL CONTENIDO DE LA NUEVA SENTENCIA DICTADA EN CUMPLIMIENTO DEL FALLO PROTECTOR ÚNICAMENTE PARA VERIFICAR LA SATISFACCIÓN DE TODOS Y CADA UNO DE LOS LINEAMIENTOS PRECISADOS EN ÉSTE."; criterio que, aunque se refiere al amparo directo, también puede ser aplicable al indirecto cuando la protección constitucional se haya concedido contra una resolución jurisdiccional; esto es, conforme al principio restitutorio previsto en el artículo 80 de la Ley de Amparo, en el acatamiento de la ejecutoria dictada en el juicio también llamado "amparo judicial" (amparo directo o indirecto), no es suficiente que la autoridad responsable deje insubsistente la resolución que resultó inconstitucional y la sustituya por otra, toda vez que para reparar las violaciones cometidas en dicha resolución, la autoridad está obligada a emitir una nueva en el sentido exigido por la garantía violada, sea ésta de carácter formal o material; de donde resulta que para verificar si efectivamente ha quedado cumplido el fallo protector, es indispensable analizar el contenido de la nueva determinación de la autoridad a fin de corroborar si ha subsanado, en su totalidad, el derecho transgredido; obligación que subsiste inclusive si se deja libertad de jurisdicción a la responsable, porque aun en ese supuesto la autoridad está obligada a observar los lineamientos especificados en la sentencia...

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