Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 1 de Julio de 2006 (Tesis num. VII.3o.C.25 K de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 01-07-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.3o.C.25 K
Fecha de publicación01 Julio 2006
Fecha01 Julio 2006
Número de registro174750
MateriaDerecho Constitucional,Común

La Ley de Amparo no prevé excepción respecto a la obligación de agotar el recurso o medio de defensa que proceda antes de intentar la acción constitucional en tratándose de procedimientos judiciales, aun cuando no suspendan el acto reclamado, pues ello sólo es dable cuando se reclaman actos de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, de conformidad con lo dispuesto por la fracción XV del artículo 73 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN...

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