Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 1 de Abril de 2011 (Tesis num. VI.T.91 L de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 01-04-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.T.91 L
Fecha de publicación01 Abril 2011
Fecha01 Abril 2011
Número de registro162252
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Abril de 2011; Pág. 1475
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

El artículo 692, fracciones II y III de la Ley Federal del Trabajo, prevé los requisitos que debe cubrir quien pretenda apersonarse a juicio en representación de una persona moral, siendo éstos la exhibición de testimonio notarial o carta poder otorgada ante dos testigos, previa comprobación en ambos casos de que quien otorga el mandato está legalmente autorizado para ello. Ahora bien, si en el desahogo de la audiencia trifásica el apoderado, quien cumplió previamente dichas exigencias, designa verbalmente a un vocero para que lo asesore e incluso intervenga con posterioridad a la etapa conciliatoria, tal nombramiento resulta legal en atención a que con independencia de que el mandatario que efectúa el nombramiento tenga o no facultades para delegar poderes, estará en posibilidad de hacerse acompañar de una persona que lo asesore jurídicamente durante el desahogo de las diligencias relativas a la etapa contenciosa que se susciten con motivo del juicio laboral, ya que conforme al artículo 876 de la citada ley, únicamente en la fase conciliatoria las partes comparecerán personalmente a la Junta, sin abogados patronos, asesores o apoderados, de donde se infiere implícitamente que en las subsecuentes etapas las partes podrán estar asistidas de unos u otros, por lo que si bien es cierto que la mencionada legislación no hace referencia a la figura jurídica del vocero, también lo es que la...

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