Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 1 de Septiembre de 2000 (Tesis num. II.1o.C.59 K de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 01-09-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.C.59 K
Fecha de publicación01 Septiembre 2000
Fecha01 Septiembre 2000
Número de registro191204
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

De la interpretación armónica de los artículos 193 y 196 de la Ley de Amparo, es correcta la cita de criterios federales por los órganos jurisdiccionales, para apoyar sus consideraciones, aunque tales tesis no integren todavía jurisprudencia, y no hay aplicación retroactiva en perjuicio del inconforme, no obstante ser posterior el criterio a la realización de los hechos, si los preceptos que tal criterio interpreta están vigentes al momento de la aplicación.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 586/99. C.H.C.. 10 de marzo de 2000. Unanimidad...

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