Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2000 (Tesis num. I.12o.T.2 L de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-09-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.12o.T.2 L
Fecha de publicación01 Septiembre 2000
Fecha01 Septiembre 2000
Número de registro191266
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

En observancia al principio de oralidad que rige en el proceso en materia de trabajo, se requiere de la comparecencia de las partes a la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, por ser el momento procesal oportuno para proponerlas o para ratificar el ocurso que contenga tal ofrecimiento y que se hubiera exhibido con anterioridad a la celebración de la audiencia; esto es, la asistencia del oferente a la fase de que se trata es esencial para acordar su pretensión al respecto, en observancia a lo dispuesto por los artículos 685, 873 y 880 de la Ley Federal del Trabajo; por tanto, si con anticipación a la fecha en que habrá de tener verificativo la mencionada etapa, una de las partes mediante escrito propone sus pruebas, pero no comparece al periodo correspondiente, y por consiguiente no lo ratifica, es legal que la Junta del conocimiento le tenga por perdido su derecho a ofrecer pruebas.


DÉCIMO SEGUNDO...

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