Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Septiembre de 2003 (Tesis num. V.3o.12 P de Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-09-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.3o.12 P
Fecha de publicación01 Septiembre 2003
Fecha01 Septiembre 2003
Número de registro183335
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Penal, Constitucional

El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al interpretar el párrafo tercero del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estableció que la garantía de exacta aplicación de la ley en materia penal no se circunscribe a los meros actos de aplicación, sino que comprende también a la propia ley que se aplica, la cual debe estar redactada de tal forma que los términos empleados para especificar los elementos respectivos sean claros, precisos y exactos. En congruencia con tal criterio, la introducción en forma clandestina de cartuchos o municiones que no sean del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea contemplada como conducta típica en el artículo 84, fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos no contraviene la garantía constitucional de referencia. En efecto, la frase "sujetos a control" que establece dicha disposición no es aislada, puesto que al contemplar la conjunción disyuntiva "o" establece dos hipótesis alternativas para que sea punible la conducta, consistente en el hecho de introducir al territorio nacional en forma clandestina: A) armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea "o" B) armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales sujetos a control de acuerdo con esta ley, porque la locución "sujetos a control" conforme a la semántica se refiere al cúmulo de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales respecto de las cuales se regula y fiscaliza en la misma, y que desde luego no sean del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, porque lo contrario se establece en la primera hipótesis separada por la conjunción disyuntiva "o". De manera que todos aquellos objetos que se reglamentan en los artículos 9o., 10, 10 bis, 50, 58 y 59 de la propia ley, en los que se encuentran, entre otros, los cartuchos calibre 22, los que para introducirlos legalmente al país mediante importación requieren permiso extraordinario para retirarlos del recinto fiscal, de conformidad con el diverso artículo 58 de la citada legislación, se encuentran sujetos a control en términos de la Ley Federal de Armas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR