Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2006 (Tesis num. I.12o.A.51 A de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-09-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.12o.A.51 A
Fecha de publicación01 Septiembre 2006
Fecha01 Septiembre 2006
Número de registro174229
MateriaAdministrativa

La labor jurisdiccional se encuentra sujeta a la garantía derivada del artículo 17 de la Constitución Federal, que exige la atención personal de cada asunto, dado que el texto señala "Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia ...", obliga al análisis completo y directo de cada asunto sometido al conocimiento de los órganos jurisdiccionales. En ese sentido, si bien es cierto que en los ordenamientos, por lo general, está previsto un plazo para que los funcionarios judiciales emitan las resoluciones correspondientes, también lo es que para determinar si existe responsabilidad administrativa a cargo del funcionario judicial, por la inobservancia del mismo, se deben tomar en cuenta necesariamente, entre otras, las siguientes circunstancias: 1) El número de asuntos que ingresaron; 2) Los egresos; 3) El remanente; 4) La complejidad de los asuntos; 5) Las condiciones particulares en que se presta el servicio jurisdiccional, incluyendo las circunstancias personales del funcionario (como pueden ser si ha solicitado licencias o incapacidades médicas, o si ha sido comisionado para atender asuntos ajenos a su función judicial), así como las materiales (como si cuenta o no con personal suficiente, si se le ha provisto oportunamente o no de los elementos o instrumentos de oficina, tales como equipo de cómputo y papelería); y 6) Las condiciones propias del proceso en cada juicio...

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