Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 1 de Mayo de 2011 (Tesis num. III.2o.T.Aux.33 A de Segundo Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-05-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.T.Aux.33 A
Fecha de publicación01 Mayo 2011
Fecha01 Mayo 2011
Número de registro161936
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1317
MateriaConstitucional

El artículo 32, fracción VIII, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que los sujetos obligados al pago de dicha contribución deben proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales la información correspondiente a su pago, retención, acreditamiento y traslado en las operaciones con sus proveedores. Así, tal precepto no constriñe al contribuyente a dar a conocer información sobre actos que pudieran considerarse marginados al conocimiento de cualquier persona, sino sólo la que resulte de las operaciones realizadas entre aquél y sus proveedores. En estas condiciones, estos datos no pueden considerarse como privados, en la medida en que están vinculados con la obligación que el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna, de contribuir a los gastos públicos de la Federación, Estado o Municipio en que residan, la cual comprende, además del pago de los tributos, la realización de los actos necesarios para efectuar su entero, como es la presentación de declaraciones informativas. Por tanto, el citado artículo no transgrede el derecho a la vida privada protegido por el artículo 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO AUXILIAR, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.

Amparo directo 899/2010. Servicio M., S.A. de C.V. 13 de enero de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.R.G.. Secretario: J.C.S.C..


Notas: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia en términos del punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte.


La...

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