Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 1 de Junio de 2011 (Tesis num. III.1o.T.Aux.12 L de Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-06-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.1o.T.Aux.12 L
Fecha de publicación01 Junio 2011
Fecha01 Junio 2011
Número de registro161880
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Junio de 2011; Pág. 1289
MateriaAdministrativa

La estructura administrativa del referido organismo y capacidad de actuación no sólo es de orden central, sino que cuenta con unidades administrativas desconcentradas ubicadas en las entidades federativas del país (delegaciones) para atender los asuntos de su competencia en el ámbito territorial asignado, en términos de los artículos 4, fracción II, inciso f y 24 de su estatuto orgánico, que prevén a las delegaciones estatales y regionales, con la finalidad de auxiliar al director general del instituto en el ejercicio de sus funciones y atribuciones legales, y su ámbito de actuación general dispuesto en los artículos 78, 79 y 80, así como en el reglamento orgánico de tales delegaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de agosto de dos mil nueve. Este último en su numeral 3 reitera su carácter desconcentrado, objetivo o finalidad general de apoyo mientras que el artículo 5 prevé que su demarcación será la de la entidad federativa en la que se encuentren establecidas, a menos que la Junta establezca otra, pudiendo existir más de una en las que así lo requieran. Adicionalmente, el artículo 6 prevé que tales delegaciones conducirán sus actividades en forma programada, con base en las políticas, lineamientos y demás disposiciones normativas que para el logro de los objetivos institucionales, acuerde la Junta o el director general, de conformidad con la normatividad aplicable, en tanto que el artículo 10 dispone atribuciones específicas de tales unidades (fracciones III, VIII, XI y XIII), en cuanto a proporcionar a las unidades centrales la información y estadísticas requeridas para la planeación, organización, evaluación y control de las actividades y programas del instituto; operar coordinadamente para la mejora de su gestión; realizar actos jurídicos y administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, aunado a la administración y supervisión de los recursos humanos, materiales y financieros que permitan un ejercicio eficaz y transparente, entre otras de sus principales atribuciones legales. Así, las referidas disposiciones jurídicas permiten concluir que efectivamente corresponde a los titulares de las delegaciones estatales y personal de apoyo (este último, conforme el artículo 21, fracción I, del señalado reglamento), la capacidad de actuar desconcentradamente en los asuntos que sean de competencia constitucional y legal del instituto con independencia de las unidades centrales y, por ende,...

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