Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 1 de Enero de 2011 (Tesis num. III.1o.T.Aux.16 A de Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-01-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.1o.T.Aux.16 A
Fecha de publicación01 Enero 2011
Fecha01 Enero 2011
Número de registro163027
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Enero de 2011; Pág. 3255
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal

El artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone que le es aplicable supletoriamente, en lo conducente, el Código Federal de Procedimientos Civiles. Por otra parte, de conformidad con los artículos 85 y 86, párrafo primero, de la citada ley, el recurso de revisión debe interponerse dentro de los quince días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de la resolución recurrida, precisamente ante la autoridad que la emitió, lo que excluye la posibilidad de presentar el escrito relativo en las oficinas de correos o mediante mensajería o telefax, concedida por el artículo 42 de la indicada ley para otras promociones. Por tanto, cuando el particular radique en lugar diferente al de residencia de la autoridad que emitió el acto impugnado, en términos del precepto 289 del invocado código, aplicado supletoriamente, el plazo para interponer el recurso en sede administrativa debe ampliarse en un día más por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad de éstos, existentes entre el lugar de residencia del impugnante y el de la autoridad correspondiente.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO AUXILIAR, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.

Amparo directo 837/2010. A.E.D.. 7 de octubre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: J.J.R.S.. Secretario: A.G.L.Z..


Nota: Aun cuando esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción 286/2011, resuelta por la Segunda Sala, de la que derivaron las tesis 2a./J. 40/2011 (10a.) y 2a./J. 41/2011 (10a.) con los rubros: "RECURSO DE REVISIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. DEL ARTÍCULO 86 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO DERIVA RESTRICCIÓN ALGUNA SOBRE LA FORMA EN QUE DEBE PRESENTARSE EL ESCRITO RELATIVO." y "PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE EL ESCRITO INICIAL DE...

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