Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 1 de Octubre de 2010 (Tesis num. III.1o.T.Aux.15 A de Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-10-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.1o.T.Aux.15 A
Fecha de publicación01 Octubre 2010
Fecha01 Octubre 2010
Número de registro163617
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Octubre de 2010; Pág. 3080
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal

El artículo 16, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo dispone que si el actor manifiesta desconocer la resolución administrativa que pretende impugnar, así lo expresará en su demanda, señalando la autoridad a quien la atribuye, su notificación o su ejecución, y que, al contestar la demanda, la autoridad acompañará constancia de la resolución administrativa y de su notificación, las que el actor deberá combatir mediante la ampliación de su escrito inicial. Así, para estimar cumplida esa carga procesal de la demandada, si ésta afirma que el original del crédito fiscal le fue entregado al contribuyente al notificárselo, basta con que exhiba copia certificada de su reimpresión, junto con las constancias de la notificación respectiva, siempre que contengan elementos suficientes de identidad, como el número del crédito, que coincidan tanto en la reimpresión como en las actas de notificación allegadas al juicio de nulidad.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO AUXILIAR, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.

Revisión fiscal 694/2010. Administrador Local Jurídico de Guadalajara Sur. 26 de agosto de 2010. Mayoría de votos. Disidente: J.J.R.S.. Ponente: M.L.M.. Secretario: H.Q.M..


Nota: Sobre el tema tratado, la Segunda Sala resolvió la contradicción de tesis 326/2010, de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 196/2010 de rubro: "JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. CUANDO EL ACTOR NIEGA CONOCER EL ACTO IMPUGNADO, LA AUTORIDAD AL...

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