Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2009 (Tesis num. III.2o.T.197 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 01-11-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro165940
Número de resoluciónIII.2o.T.197 L
Fecha de publicación01 Noviembre 2009
Fecha01 Noviembre 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Noviembre de 2009; Pág. 931
MateriaLaboral

El artículo 9-A de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios autoriza al titular de la dependencia o entidad a delegar al funcionario encargado del jurídico o a quien haga sus veces, mediante acuerdo, la facultad de iniciar el procedimiento administrativo para imponer una sanción de naturaleza laboral a un servidor público. Por su parte, el artículo 17, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, Prevención y Readaptación Social de dicha entidad federativa establece: "Al frente de la Dirección General Jurídica habrá un titular, quien tendrá las siguientes funciones: ... VI. Sustanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa en los términos del régimen aplicable de responsabilidades de los servicios (sic) públicos e imponer, por acuerdo del secretario, las sanciones administrativas que correspondan.". Ahora bien, del análisis de ambos preceptos se advierte que no existe un conflicto de leyes entre ellos, toda vez que el mencionado numeral 17 faculta a la Dirección General Jurídica de la Secretaría de Seguridad Pública, Prevención y Readaptación Social del Estado de Jalisco para sustanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa, únicamente en...

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