Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Septiembre de 2008 (Tesis num. III.4o.A.49 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-09-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.4o.A.49 A
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
Fecha01 Septiembre 2008
Número de registro168948
MateriaDerecho Público y Administrativo,Administrativa

El artículo 209, fracciones I, III y penúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 31 de diciembre de 2005, señala que al escrito inicial de demanda en el juicio contencioso administrativo deben adjuntarse copias de él y del acto impugnado para cada una de las partes, y que en el caso de que el promovente omita hacerlo, el Magistrado instructor lo requerirá para que los exhiba en un plazo de cinco días, y que si no cumple con ese requerimiento, se tendrá por no presentada la demanda. En esos términos, formulado el requerimiento, si la actora al cumplirlo exhibe las copias requeridas, pero omite una hoja del documento en que conste el acto impugnado, ello resulta insuficiente para tener por no presentada la demanda, al ser clara la intención del gobernado de cumplir con lo solicitado, y tal proceder resultaría excesivo y conculcatorio de las garantías de audiencia, defensa y acceso a la justicia consagradas en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo anterior, al advertirse la falta de la comentada hoja, debe formularse un nuevo requerimiento a efecto de que se exhiba, bajo el mismo apercibimiento de tener por no presentada la demanda en caso de incumplimiento, ante el evidente desinterés que mostraría el demandante en su trámite.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 318/2007. F.G., S.A. de C.V. 17 de abril de 2008...

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