Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 1994 (Tesis num. III. 3o. C. 80 K de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-11-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII. 3o. C. 80 K
Fecha de publicación01 Noviembre 1994
Fecha01 Noviembre 1994
Número de registro210036
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si el juez fue omiso en proveer respecto de la personalidad del mandatario de la titular del bien embargado en la tercería excluyente de dominio, originó efectos procesales irreparables, ya que la empresa moral quejosa no puede intervenir en el referido juicio, por no habérsele reconocido carácter alguno a pesar de ser la promovente de dicha tercería situación que, contrario a lo que afirma el aludido juzgador por ser un caso de excepción, el mismo sí constituye un acto de imposible reparación porque en el supuesto a estudio nunca podrá existir en el reconocimiento susodicho una sentencia favorable o desfavorable a las pretensiones de la empresa quejosa, porque, se reitera, fue por una omisión y no por un desconocimiento que no se reconoció la personalidad de quien compareció en representación de ésta de ahí que se dé el supuesto a que alude el criterio jurisprudencial sustentado por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la Contradicción de tesis...

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