Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Febrero de 2003 (Tesis num. III.2o.T.76 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 01-02-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.T.76 L
Fecha de publicación01 Febrero 2003
Fecha01 Febrero 2003
Número de registro184964
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si bien es cierto que el Reglamento de Bolsa de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social no contempla explícitamente la baja de candidatos registrados en la bolsa de trabajo de dicho instituto, por virtud de irregularidades en el desempeño de sus labores realizadas durante una sustitución de plaza, sino únicamente por los casos previstos en los artículos 50 y 56 de dicho reglamento, relativos a la no aceptación de un candidato de nuevo ingreso a su nominación para ocupar una plaza vacante, así como a la no aceptación de un candidato nominado para ocupar plaza vacante definitiva, ello, no obstante, no limita las razones que pudieran darse para proceder a la baja de algún integrante de la bolsa de trabajo, como en el caso, con motivo de haber incurrido en alguna anomalía durante el ejercicio de su trabajo, pues siendo éste un aspecto no previsto expresamente por el reglamento invocado, su resolución estará a cargo de los representantes de la Comisión Nacional Mixta de Bolsa de Trabajo, en términos de lo dispuesto por el artículo 69 del reglamento relativo, que dice: "Los...

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