Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Febrero de 2006 (Tesis num. III.2o.A.138 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-02-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.A.138 A
Fecha de publicación01 Febrero 2006
Fecha01 Febrero 2006
Número de registro175760
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Administrativa

Los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Jalisco que en términos de los artículos 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; 3o., fracción II y 4o., fracción IV, de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios son considerados como servidores públicos de confianza, que ejercen funciones administrativas y no jurisdiccionales, carecen de interés jurídico para promover el juicio de garantías, de conformidad con el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo, una vez concluido el término o vigencia de su nombramiento, si éste se expidió por tiempo determinado, dado que no puede pretenderse que una vez concluida su vigencia proceda reclamar un derecho que jurídicamente no existe, ni está protegido por la ley, en virtud de que ya no es titular del nombramiento que se le otorgó por un periodo determinado y la duración de la relación laboral no puede ser ampliada por la sola pretensión del servidor público, máxime que el juicio de garantías no es constitutivo de derechos, ya que la decisión de otorgar un nuevo nombramiento constituye una facultad discrecional conferida por la norma al propio órgano superior de justicia. Estimar lo contrario, llevaría al extremo de adquirir la estabilidad en un puesto público por el simple transcurso del tiempo, lo que resulta contrario a derecho, ya que éste no se encuentra como un bien dentro del comercio, ni está sujeto a transacción alguna y, en tal concepto, no puede ser adquirido por prescripción positiva. En esta tesitura, se concluye que debe abandonarse parcialmente el criterio establecido en la tesis III.2o.A.21 A, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena...

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