Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Noviembre de 2010 (Tesis num. I.2o.P.191 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-11-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.2o.P.191 P
Fecha de publicación01 Noviembre 2010
Fecha01 Noviembre 2010
Número de registro163482
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1441
MateriaPenal

El delito en comento resulta perseguible por querella de parte ofendida, por así disponerlo el primer párrafo del artículo 246 del Código Penal para el Distrito Federal, aun cuando entre el ofendido y el quejoso exista relación de parentesco por consanguinidad, ya que al actualizarse esa parte normativa, ello excluye la aplicación de la hipótesis a que se refiere el inciso c) del párrafo tercero, puesto que tal precepto es preciso al señalar "los delitos previstos en este título", por lo que al no realizar distingo, es claro que aplica para cualquiera de los tipos penales a que se refiere el título, resulten calificados o no.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 312/2010. 30 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: E.E.Á.. Secretario: J.C.S.M..

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