Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 2010 (Tesis num. I.4o.P.60 P de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-12-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.P.60 P
Fecha de publicación01 Diciembre 2010
Fecha01 Diciembre 2010
Número de registro163419
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Diciembre de 2010; Pág. 1729
MateriaPenal

El derecho adquirido es aquel que ha entrado al patrimonio del individuo, a su dominio o a su esfera jurídica, o bien, aquel que implica la introducción de un bien, una facultad o un provecho al patrimonio de una persona o haber jurídico. Conforme a nuestro régimen constitucional, ningún derecho adquirido puede ser arrebatado, ni aun por mandato posterior del legislador, salvo cuando fuese dictado como ordenamiento expreso del Poder Constituyente, ya que toda aplicación retroactiva de la ley viola las garantías que consigna el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En estas condiciones, si la resolución que confirmó la propuesta de no ejercicio de la acción penal en una averiguación previa fue emitida con anterioridad a la vigencia de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación de 18 de junio de 2008, por la cual quedó derogado el derecho del ofendido para impugnar dicha resolución por vía jurisdiccional, contenido en el artículo 21, párrafo cuarto, de la Constitución Federal, es inconcuso que la posibilidad de...

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