Tesis Aislada, Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Febrero de 2010 (Tesis num. I.17o.A.19 A de Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-02-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.17o.A.19 A
Fecha de publicación01 Febrero 2010
Fecha01 Febrero 2010
Número de registro165356
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Febrero de 2010; Pág. 2779
MateriaAdministrativa

De la interpretación sistemática de los artículos 46 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia y 50 de la Ley de Seguridad Pública, ambas del Distrito Federal, se colige que la restitución en los derechos a los agentes del Ministerio Público, de la Policía Judicial y peritos que hayan sido suspendidos por estar sujetos a un proceso penal o a una investigación administrativa, cuando resulten absueltos o declarados sin responsabilidad, según el caso, debe incluir el pago de salarios caídos, sin que sea óbice a lo anterior que el mencionado artículo 50 se refiera a la reintegración de salarios sólo en el caso de que la suspensión sea con motivo de que el elemento se encuentre sujeto a averiguación previa, pues el propio precepto dispone que la suspensión subsistirá hasta que el asunto quede total y definitivamente resuelto en la última instancia del procedimiento que corresponda, por lo que tratándose de una causa penal, incluye el proceso hasta el dictado de sentencia ejecutoria y, en consecuencia, si un servidor público de alguna de las citadas categorías demuestra que fue absuelto en el juicio penal, tiene derecho a que se le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR