Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. IX.3o.13 C de Tercer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 01-07-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro166934
Número de resoluciónIX.3o.13 C
Fecha de publicación01 Julio 2009
Fecha01 Julio 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 1941
MateriaCivil

De los artículos 2843, 2844 y 2845 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí se colige que la inscripción preventiva que efectuará el registrador público de la Propiedad y de Comercio, procede en todos aquellos casos en que los títulos a registrar no llenen las formas extrínsecas exigidas por la ley; asimismo, el citado artículo 2844 establece que esa inscripción preventiva tiene como objeto exclusivo fijar un precedente pero no como constitutivo de derechos, sino únicamente con efectos retroactivos en relación con la fecha de inscripción, esto es, para que en el supuesto de que la autoridad judicial ordene el registro definitivo del título, éste tenga consecuencias de derecho desde que por primera vez se presentó el título a registrar. En esa tesitura, la inscripción preventiva nunca podrá tener el alcance de fijar precedentes o antecedentes registrales, dado que éstos se...

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