Tesis Aislada, Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. II.T.Aux.6 A de Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, 01-07-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro166763
Número de resoluciónII.T.Aux.6 A
Fecha de publicación01 Julio 2009
Fecha01 Julio 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 2124
MateriaAdministrativa

Las fracciones I y IV del artículo 4o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en 2001, otorgan a los sujetos del tributo el derecho de acreditar el que les haya sido trasladado por las adquisiciones, gastos e inversiones que realicen, siempre que estas operaciones sean deducibles para efectos del impuesto sobre la renta. De lo anterior se colige que la condición para que sea acreditable el impuesto al valor agregado repercutido, sólo radica en que la adquisición, gasto e inversión, por los que éste se trasladó, sean deducibles conforme a lo señalado, sin que la...

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