Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Febrero de 2009 (Tesis num. I.2o.P.169 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-02-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro167923
Número de resoluciónI.2o.P.169 P
Fecha de publicación01 Febrero 2009
Fecha01 Febrero 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Febrero de 2009; Pág. 1884
MateriaPenal,Derecho Penal

El artículo 29, fracción VIII, del Código Penal para el Distrito Federal, contempla que el delito se excluye cuando la acción o la omisión se realicen bajo un error invencible respecto de la ilicitud de la conducta, ya sea porque: a) el sujeto desconoce la existencia de la ley o el alcance de la misma o b) porque cree que está justificada su conducta; el primero consiste en el llamado error de prohibición directo, mientras que el segundo es conocido como error de prohibición indirecto; ahora bien, el que recae sobre la existencia de la norma se presenta cuando el autor se representa que no actúa antijurídicamente y también cuando ni siquiera ha reflexionado sobre tal aspecto; a su vez, en el relativo a su alcance puede afirmarse que el sujeto activo sí conoce la prohibición pero considera que por diversos aspectos no es aplicable, por lo que ignora que ha lesionado una norma jurídica obligatoria; mientras que en el supuesto de error indirecto se contempla que el autor conoce la norma jurídica, pero cree que su comportamiento se encuentra justificado. Tales errores de ser invencibles eliminan el segundo componente de la culpabilidad que es el conocimiento de la antijuridicidad y con ello se excluye el delito, mientras que si son vencibles, su consecuencia es una sanción atenuada. Bajo tal panorama, si el sujeto activo previo a denunciar la comisión de un hecho delictivo que afirma se cometió es protestado para conducirse con verdad y se le hacen saber las penas en las que incurren los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-08-2009 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 49/2009 )
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 12 Agosto 2009
    ...Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XXIX, Febrero de 2009 Tesis: I.2o.P.169 P Página: “ERROR DE PROHIBICIÓN. LA APLICACIÓN DE SUS SUPUESTOS TRATÁNDOSE DEL DELITO DE FALSEDAD DE DECLARACIÓN (LEGISLACIÓN PENAL DEL DI......
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
    • México
    • Primera Sala
    • 1 Enero 2010
    ..."Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito "Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta "Tomo: XXIX, febrero de 2009 "Tesis: I.2o.P.169 P "Página: "ERROR DE PROHIBICIÓN. LA APLICACIÓN DE SUS SUPUESTOS TRATÁNDOSE DEL DELITO DE FALSEDAD DE DECLARACIÓN (LEGISLACIÓN PENAL DEL DIS......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR