Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Noviembre de 2008 (Tesis num. X.1o.35 K de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-11-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.1o.35 K
Fecha de publicación01 Noviembre 2008
Fecha01 Noviembre 2008
Número de registro168468
MateriaDerecho Procesal,Común

En términos de la fracción VI del artículo 66 de la Ley de Amparo, el secretario encargado del despacho, por licencia del titular del juzgado, carece de legitimación para plantear el impedimento por razón de amistad estrecha o enemistad manifiesta del Juez con alguna de las partes, abogados o representantes porque, en todo caso, es al propio titular a quien corresponde realizar la manifestación respectiva, ya que el impedimento tiene el carácter de personalísimo y concierne directamente al ente físico, concreto e individual.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO...

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