Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Noviembre de 2008 (Tesis num. XX.2o.94 P de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-11-2008 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XX.2o.94 P |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2008 |
Fecha | 01 Noviembre 2008 |
Número de registro | 168463 |
Materia | Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Penal |
El artículo 138 del abrogado Código Penal para el Estado de Chiapas establece que el tipo penal de incumplimiento de deberes alimentarios sanciona el riesgo o peligro en que se deja a una o más personas sin posibilidad de sobrevivir por sí solas. En ese sentido, cuando se impute al inculpado haber sido omiso en proporcionar dichos recursos, tanto a sus hijos menores como a su cónyuge, y esta última se ubica en la hipótesis contraria, esto es, que haya estado en aptitud de trabajar y por ello recibido una remuneración suficiente para atender sus necesidades de subsistencia, resulta inconcuso que sólo a ella debe restarse la protección penal, toda vez que el padre, en su calidad de sujeto activo, seguirá obligado a proporcionar los recursos para atender las necesidades de subsistencia de los menores de edad; sin que obste a lo anterior, la circunstancia de que los menores reciban ayuda de parientes, terceros o incluso de su madre, quien también tiene la obligación de contribuir a su alimentación. Por tanto, para que desaparezca la omisión delictiva prevista en el citado artículo 138, resulta indispensable que sea el sujeto pasivo, y no otro, el que haga cesar el estado antijurídico de desamparo absoluto, ya sea porque tenga bienes propios susceptibles de producir frutos que constituyan ministraciones periódicas para su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Voto de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
...Judicial de la Federación y su Gaceta, correspondiente a noviembre de 2008. Novena Época. Tribunales Colegiados de Circuito. 4. Tesis XX.2o.94 P, visible en la página 1358 del Tomo XXVIII del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, correspondiente a noviembre de 2008. Novena Época.......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
...situación que no acontece tratándose de los hijos menores, pues en este supuesto el delito en estudio es perseguido oficiosamente." Tesis XX.2o.94 P, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., noviembre de 2008, página 1358, del siguiente tenor lite......