Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Marzo de 2008 (Tesis num. XV.1o.24 K de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 01-03-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.1o.24 K
Fecha de publicación01 Marzo 2008
Fecha01 Marzo 2008
Número de registro170093
MateriaDerecho Procesal,Común

Cuando con apoyo en la jurisprudencia número 2a./J. 64/2002, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 16/2000-PL, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., julio de 2002, página 211, de rubro: "EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACIÓN Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.", el Juez de Distrito hace efectivo el apercibimiento al quejoso de sobreseer en el juicio de amparo, por haber transcurrido el plazo de cinco días que le otorgó para que acreditara haber efectuado la totalidad de la publicación de los edictos a fin de emplazar a la parte tercero perjudicada, ese apercibimiento debe ser notificado de manera personal y directa y no por conducto de su autorizado para que dicho término empiece a correr, por...

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