Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Octubre de 2007 (Tesis num. I.11o.C.32 K de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-10-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.11o.C.32 K
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Número de registro171199
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

El hecho de que el horario de labores de la Oficialía de Partes de la autoridad señalada como responsable concluya antes de las veinticuatro horas del último día del término para presentar la demanda de garantías, no representa impedimento material alguno para su presentación dentro del término de quince días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo, pues es innegable que el quejoso cuenta con un plazo suficientemente amplio para la presentación oportuna de su demanda, y por ende, se encuentra en aptitud de tomar las precauciones debidas a efecto de que la presentación de aquélla se haga dentro del término legal, debiendo estarse a los horarios de labores de la autoridad ante quien debe presentarse dicha demanda. Máxime, que la ley de la materia no prevé como excepción para la interposición de la demanda constitucional en la vía directa, la prórroga del término de quince días cuando la autoridad responsable o la oficialía de partes que recibe los escritos dirigidos a aquélla concluye sus labores antes de las veinticuatro horas del último día del término previsto por el numeral antes referido; en consecuencia, la demanda de amparo presentada en las primeras horas hábiles del día siguiente al de su vencimiento, es extemporánea.


DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Reclamación 9/2007. L.F.O.C. y otra. 23 de agosto de 2007. Mayoría de votos. Disidente: I.I.G.. Ponente: M.C.A.F.. Secretaria: L.J.G..


Notas:


Esta tesis contendió en la contradicción 21/2008-PL que fue declarada sin materia por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existen las tesis 2a./J...

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