Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Agosto de 2008 (Tesis num. XX.1o.125 L de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-08-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.1o.125 L
Fecha de publicación01 Agosto 2008
Fecha01 Agosto 2008
Número de registro169041
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

De conformidad con los artículos 84 y 89 de la Ley Federal del Trabajo, el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo; y el salario que debe tomarse en cuenta para determinar el monto de las indemnizaciones es el correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo los aumentos previstos en el mencionado numeral 89; en tal virtud, si se condena al pago de una indemnización y durante la tramitación del juicio hubieren aumentos salariales, éstos deben tomarse en cuenta como integrantes del salario para fijar el importe de la indemnización correspondiente, aun cuando no se hayan establecido en el laudo ni el trabajador los hubiera reclamado, ya que ello no impide que sean tomados en consideración en el incidente de liquidación, toda vez que al ser dichos incrementos, por una parte, integrantes del salario, el trabajador tiene derecho a ellos; y, por otra...

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