Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Octubre de 2007 (Tesis num. XI.3o.11 K de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 01-10-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.3o.11 K
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Número de registro171019
MateriaDerecho Procesal,Común

La figura de la suplencia de la queja contemplada en la fracción V del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, que opera a favor de los menores de edad o incapaces, no solamente debe ser aplicada en el procedimiento del cuaderno principal del juicio de amparo respectivo, sino también en el procedimiento del incidente de suspensión derivado de él, ya que por la importancia y trascendencia de los derechos de los menores y de los incapaces, la aplicación de la citada figura no debe limitarse a una sola instancia o procedimiento, ni a conceptos de violación o agravios, pues su verdadero alcance debe comprender tanto el procedimiento en el juicio de amparo principal como en el incidental, porque este último es accesorio al primero; además, no existe disposición alguna que prohíba la aplicación de la citada...

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