Tesis Aislada, Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 2012 (Tesis num. I.18o.A.18 A (9a.) de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.18o.A.18 A (9a.)
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
Número de registro160394
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5; Pág. 4488
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal

De los artículos 51, fracción III, y 52, fracciones II y III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo se advierte que las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa pueden analizar las violaciones procedimentales que hayan acontecido en la sustanciación del procedimiento administrativo concluido. Ahora bien, esa posibilidad está acotada sólo a los actos que conformen la secuela del proceso que, dada su correlación, incidan en la decisión final y que además hayan afectado las defensas del particular, pues a ningún fin práctico llevaría analizar actos que no tengan tales características, ya que su legalidad no trascenderá en la resolución con que aquél culmina, al no ser parte de su sustento; además, estimar lo contrario implicaría permitir el escrutinio respecto a la validez de actuaciones autónomas cuya emisión no estuvo supeditada propiamente a la consecución o preparación de esa decisión final. Consecuentemente, no es dable que en el juicio contencioso administrativo promovido contra un procedimiento de imposición de multa...

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