Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Enero de 2012 (Tesis num. XV.4o.51 A (9a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 01-01-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.4o.51 A (9a.)
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
Número de registro160344
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5; Pág. 4706
MateriaAdministrativa,Constitucional

De la interpretación sistemática de los artículos 1o., párrafos segundo y tercero y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, adminiculado con el análisis que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación hizo en el expediente varios 912/2010, de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso 12.511 -R.R.P. contra los Estados Unidos Mexicanos-, se colige que la protección judicial implica que se regulen los recursos judiciales de forma que las personas tengan certeza y seguridad jurídica de sus condiciones de acceso. Por su parte, los artículos 8o., fracción IV y 9o., fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo prevén el sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo cuando hubiere consentimiento del acto, entendiéndose por tal la falta de promoción de algún medio de defensa en los términos de las leyes respectivas o del juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en los plazos que la propia ley señala. Por otra parte, el diverso numeral 13, fracción I, inciso a), de la citada ley dispone que el actor deberá presentar su demanda dentro del plazo de cuarenta y cinco días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución impugnada. Consecuentemente, para que la resolución de sobreseimiento por la causa mencionada respete el derecho fundamental de tutela jurisdiccional en su modalidad de acceso a la justicia, la Sala Fiscal debe cerciorarse de que la resolución impugnada fue notificada al actor; situación que no se actualiza, por ejemplo, cuando el propietario de un vehículo impugna...

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